Protección de Patentes Internacionales PCT
El Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) es un sistema de solicitud internacional de patentes que permite a los solicitantes la protección de patente a nivel internacional de sus invenciones, lo que significa que presentando una única solicitud PCT internacional, podrá protegerse una invención en más de 150 países del mundo, que son cubiertos de forma simultánea aunque provisionalmente, permitiéndole retrasar los plazos de extensión hasta los 30 o 31 meses para la mayoría de los países, fecha en la que deberá entrar en fase nacional y/o regional en cada Oficina designada, para proteger la patente de forma efectiva. La patentabilidad de una solicitud PCT será examinada durante estafase internacional, por lo que en vista del resultado del examen según la valoración de sus perspectivas y del alcance de la protección de su invención, podrá evaluar si le compensará o no entrar en la fase nacional y regional antes de incurrir en los costes más elevados, así como los países o territorios de interés en los que decida invertir para la solicitud y concesión de su patente en el extranjero.


La siguiente lista de países y Oficinas regionales quedarán cubiertas simultáneamente por una solicitud PCT. Total: 153. -Estado a 12 de diciembre de 2019-
Estado | Continente | Oficina Regional |
AO Angola | África | |
DJ Djibouti | África | |
EG Egipto | África | |
GN Nigeria | África | |
LY Libia | África | |
MA Marruecos | África | |
MG Madagascar | África | |
SC Seychelles | África | |
ST Santo Tomé y Príncipe | África | |
TN Túnez | África | |
ZA Sudáfrica | África | |
AG Antigua y Barbuda | América | |
BB Barbados | América | |
BR Brasil | América | |
BZ Belice | América | |
CA Canadá | América | |
CE Ecuador | América | |
CL Chile | América | |
CO Colombia | América | |
CR Costa Rica | América | |
CU Cuba | América | |
DM Dominica | América | |
DO Rep. Dominicana | América | |
GD Granada | América | |
GT Guatemala | América | |
HN Honduras | América | |
LC Santa Lucía | América | |
MX México | América | |
NI Nicaragua | América | |
PA Panamá | América | |
PE Perú | América | |
SV El Salvador | América | |
TT Trinidad y Tobago | América | |
US Estados Unidos de América | América | |
VC San Vicente y las Granadinas | América | |
AE Emiratos Árabes Unidos | Asia | |
BH Bahréin | Asia | |
BN Brunei Darussalam | Asia | |
CN China | Asia | |
EN India | Asia | |
ID Indonesia | Asia | |
IL Israel | Asia | |
IR Irán (Rep. Islámica del) | Asia | |
JO Jordania | Asia | |
JP Japón | Asia | |
KH Camboya | Asia | |
KP Rep. Pop. Dem. de Corea | Asia | |
KR Rep. de Corea | Asia | |
KW Kuwait | Asia | |
LA Laos, Rep. Pop. Democrática de | Asia | |
LK Sri Lanka | Asia | |
MN Mongolia | Asia | |
MY Malasia | Asia | |
OM Omán | Asia | |
QA Qatar | Asia | |
SA Arabia Saudita | Asia | |
SG Singapur | Asia | |
TH Tailandia | Asia | |
UZ Uzbekistán | Asia | |
MD Rep. de Moldova | Europa | |
UA Ucrania | Europa | |
AU Australia | Oceanía | |
NZ Nueva Zelanda | Oceanía | |
PG Papúa y Nueva Guinea | Oceanía | |
WS Samoa (el 2 de enero de 2020) |
Oceanía | |
GM Gambia | África | AP ARIPO |
KE Kenia | África | AP ARIPO |
LS Lesoto | África | AP ARIPO |
MW Malawi | África | AP ARIPO |
MZ Mozambique | África | AP ARIPO |
SD Sudán | África | AP ARIPO |
SL Sierra Leona | África | AP ARIPO |
SZ Suazilandia | África | AP ARIPO (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
TZ Rep. Unida de Tanzania | África | AP ARIPO |
UG Uganda | África | AP ARIPO |
ZM Zambia | África | AP ARIPO |
ZW Zimbabwe | África | AP ARIPO |
AM Armenia | Asia | EA Eurasia |
AZ Azerbaiyán, (Rep. de) | Asia | EA Eurasia |
KG Kirguistán | Asia | EA Eurasia |
KZ Kazajstán | Asia | EA Eurasia |
MD Moldavia | Asia | EA Eurasia |
TJ Tayikistán | Asia | EA Eurasia |
TM Turkmenistán | Asia | EA Eurasia |
RU Federación Rusa | Europa | EA Eurasia |
BY Bielorrusia | Europa | EA Eurasiática de Patentes |
BF Burkina Faso | África | OA OAPI (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
BJ Benín | África | OA OAPI (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
BW Botsuana | África | OA OAPI |
CF Rep. Centroafricana | África | OA OAPI (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
CG Congo | África | OA OAPI (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
CM Camerún | África | OA OAPI (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
GA Gabón | África | OA OAPI (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
GH Ghana | África | OA OAPI |
GN Guinea | África | OA OAPI (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
GQ Guinea Ecuatorial | África | OA OAPI (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
GW Guinea-Bissau | África | OA OAPI (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
KM Comoros | África | OA OAPI (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; la fase nacional a través del PCT no es posible – Sólo PCT presentadas después del 25/05/2013 pueden designar a este país por una patente OAPI PCT presentadas antes de esa fecha, una extensión de.. la Patente posible OAPI) |
ML Malí | África | OA OAPI (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
MR Mauritania | África | OA OAPI (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
NE Níger | África | OA OAPI (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
SN Senegal | África | OA OAPI (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
TD Chad | África | OA OAPI (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
TG Togo | África |
OA OAPI (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
CI Costa de Marfil | África | OA OAPI Patentes (2) |
TR Turquía | Asia | Patente europea EP |
AL Albania | Europa | Patente europea EP |
BA Bosnia y Herzegovina | Europa |
Patente europea EP (País de Extensión) |
CH Suiza | Europa | Patente europea EP |
IS Islandia | Europa | Patente europea EP |
MC Monaco | Europa | Patente europea EP (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
ME Montenegro | Europa |
Patente europea EP (País de Extensión) |
MK Macedonia (ex Rep. yugoslava de) | Europa | Patente europea EP |
NO Noruega | Europa | Patente europea EP |
RS Serbia | Europa | Patente europea EP |
SM San Marino | Europa | Patente europea EP |
AT Austria | Europa (UE) | Patente europea EP |
BE Bélgica | Europa (UE) | Patente europea EP (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
BG Bulgaria | Europa (UE) | Patente europea EP |
CY Chipre | Europa (UE) | Patente europea EP (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
CZ Rep. Checa | Europa (UE) | Patente europea EP |
DE Alemania | Europa (UE) | Patente europea EP |
DK Dinamarca | Europa (UE) | Patente europea EP |
EE Estonia | Europa (UE) | Patente europea EP |
ES España | Europa (UE) | Patente europea EP |
FI Finlandia | Europa (UE) | Patente europea EP |
FR Francia | Europa (UE) | Patente europea EP (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
GB Reino Unido | Europa (UE) | Patente europea EP |
GR Grecia | Europa (UE) | Patente europea EP (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
HR Croacia | Europa (UE) | Patente europea EP |
HU Hungría | Europa (UE) | Patente europea EP |
IE Irlanda | Europa (UE) | Patente europea EP (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
IT Italia | Europa (UE) | Patente europea EP (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
LI Liechtenstein | Europa (UE) | Patente europea EP |
LT Lituania | Europa (UE) | Patente europea EP |
LU Luxemburgo | Europa (UE) | Patente europea EP |
LV Letonia | Europa (UE) | Patente europea EP (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
MT Malta | Europa (UE) | Patente europea EP (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
NL Países Bajos | Europa (UE) | Patente europea EP (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
PL Polonia | Europa (UE) | Patente europea EP |
PT Portugal | Europa (UE) | Patente europea EP |
RO Rumania | Europa (UE) | Patente europea EP |
SE Suecia | Europa (UE) | Patente europea EP |
SI Eslovenia | Europa (UE) | Patente europea EP (País que sólo puede ser designado por la Oficina regional; no es posible la fase nacional vía PCT) |
SK Eslovaquia | Europa (UE) | Patente europea EP |
Aspectos principales y ventajas de una solicitud PCT
Derecho de reivindicación de prioridad. Los nacionales de algún país miembro del Convenio de París, por ejemplo los españoles, pueden reivindicar su derecho de prioridad improrrogable de un año la desde la fecha de solicitud de la patente nacional más antigua cuando presentan una solicitud de patente internacional PCT. La OMPI también es miembro del Convenio de París, lo que permite a los solicitantes de una PCT reivindicar su derecho de prioridad en el plazo de 12 meses (un año), si ésta fuese la primera solicitud, para la presentación sucesiva de su patente en otras Oficinas nacionales o regionales extranjeras, miembros de la Unión de París.
Idiomas. Una solicitud de patente PCT puede presentarse en al menos una lengua de la que no se requiere traducción, ya sea para fines de búsquedas internacionales PCT o de publicación. Estas podrán publicarse en uno de los siguientes idiomas; español, inglés, francés, alemán, chino, japonés, coreano, portugués, árabe y ruso.
¿Quién puede solicitar? Todas las personas físicas y jurídicas que tengan residencia o sean nacionales de cualquier país miembro pueden solicitar una PCT.
Errores frecuentes y sugerencias. Como profesionales en materia de patentes, observamos algunos errores cometidos frecuentemente por los inventores, que pueden hacer peligrar el procedimiento de patente, afectar a su validez legal y protección o incluso impedir que la invención pudiera comercializarse adecuadamente o generar diversas objeciones oficiales tras la entrada en fase nacional ante las Oficinas extranjeras. Nosotros deberíamos sugerirle:
Elegir a un agente de patentes. Usted puede actuar por su cuenta ante la OEPM o la OMPI, pero si no tiene los conocimientos prácticos necesarios ni experiencia en la interpretación de la legislación y convenios internacional de Patentes, entonces debería de estar asesorado y representado por un profesional cualificado en este campo (un agente oficial acreditado). Los agentes están especializados y tienen experiencia en la realización de cada tarea compleja ante la Oficina, ya sea para la búsqueda previa, la redacción de las reivindicaciones de la patente antes de su presentación, así como para atender debidamente las habituales acciones e incidencias durante su procedimiento de examen. El agente es quien le ayudará a obtener el éxito deseado durante el proceso y, por tanto influirá en el resultado así como en la solidez y validez del derecho obtenido, porque si no se llevan a cabo determinadas acciones relevantes relativas a la modificación de reivindicaciones o sobre la patentabilidad de la invención durante la fase internacional, podría significar la multiplicación de esas objeciones oficiales por cada uno de los países en los que decida luego entrar en fase nacional, teniendo que hacer frente por consiguiente a los costes significativos de responder a estas acciones ante cada Oficina nacional.
Proteger antes de divulgar. La invención debe mantenerse secreta hasta la fecha de presentación, ya que la divulgación previa, podrá vulnerar el requisito de novedad de la futura patente.
Buscar antes de presentar. Antes de solicitar una patente, es aconsejable efectuar una búsqueda de patentes y evaluar el estado de la técnica cercano de la misma a fin de asegurarse de que su invención es nueva. La realización de una búsqueda de patentes es un primer paso inteligente a seguir antes de invertir tiempo y dinero en el procedimiento de patente (una simple búsqueda en Google sería insuficiente para verificar si existe o no el producto). No solamente podrá conocer aquellos antecedentes de patentes similares en la técnica, sino que seremos capaces de utilizar los resultados para definir mejor su invención e incluir solo la materia que es patentable.
Viabilidad comercial de su invención. Deberá averiguar y asegurarse si los consumidores potenciales tendrán interés o no en su invención. A veces, las invenciones pueden no ser comercialmente atractivas; no son viables y los consumidores o los fabricantes no muestran interés en la patente o en su explotación. Otras veces, la solución técnica a un problema concreto no está completamente resuelto, es demasiado complejo o la idea sobre el valor de la invención no es práctica. – Promoción de patentes. No espere a que alguien le compre su patente. Si no tiene pensado fabricar ni explotar directamente su invención, entonces deberá promocionarla activamente contactando con fabricantes, distribuidores, minoristas o con cualquier potencial interesado dentro del sector industrial determinado de la invención para negociar su compra-venta o licenciar su uso. Esta tarea debe realizarse de forma continua, desde el momento en que haya obtenido el resguardo oficial de la presentación de la solicitud de patente, con el fin de obtener la financiación particular o co financiación necesaria por medio de inversores potencialmente interesados en la participación de los gastos de la futura extensión del derecho de patente en el extranjero, o en la comercialización local de la invención a cambio de un acuerdo de licencia de uso.