Protege tu Patente en España

Si has tenido una idea, no tardes en proteger tu patente en España

Protección de patentes en España

Una patente en España concede al titular el derecho de impedir que terceros exploten una invención, mediante la fabricación, uso, oferta, venta o importación de la invención con fines comerciales sin el consentimiento del titular en todo el territorio nacional. El derecho concedido está limitado a 20 años a partir de la fecha de presentación. Patentando una invención en España se obtiene la protección más efectiva contra infracciones y competencia desleal, al considerar que una patente de invención con éxito comercial, atraerá inevitablemente a otros competidores.

España

¿Por qué España?

Teniendo en cuenta que nuestro país se encuentra entre las primeras economías europeas y mundiales, la ubicación geoestratégica, población e incentivos fiscales, será importante valorar la protección de tus productos novedosos o procedimientos de obtención que comercialice en el mercado español para un retorno de la inversión, sin importar cuál sea el tamaño de tu empresa o sector industrial en el que usted esté operando. Ver más

 

 

Podemos ayudarte a planificar la estrategia idónea de protección de patente, si deseas licenciar tu patente para permitir que la invención sea explotada por otros durante un período de tiempo estipulado, o si tu invención está siendo infringida por otros y desea ejecutar una acción en los Juzgados de lo Mercantil. Cumpliremos con las directrices y prácticas paso a paso a fin de evitar incidencias en todo procedimiento, proponiendo siempre la mejor solución para superar cualquier objeción oficial que pudiera surgir durante el trámite, cuidando el alcance de la invención, y previendo posibles situaciones que pudieran suceder para cada patente en particular. Los servicios de valor añadido de patentes que ofrecemos se resumen seguidamente:

Redacción de patentes y presentación. Los pasos iniciales son decisivos para lograr el éxito de tu invención en el futuro, por lo tanto ponemos especial cuidado y asistimos en las siguientes cuestiones:

¿Qué y cómo proteger con una patente en España?

Nuestros profesionales de patentes internos pueden ayudarte a identificar y proteger sólo aquello que es técnicamente útil, a partir del material e información que nos aportes, sin perder tiempo ni recursos en debilitar innecesariamente la patente con aquellas características irrelevantes. Para este fin, nos deberás suministrar toda la información relevante y detallada que esté en tu mano para ayudarnos a entender cómo se resuelve el problema técnico dado mediante tu invención, permitiendo que nuestro ingeniero redacte las mejores reivindicaciones posibles en la memoria, con términos claros, concisos y exactos en el resumen, descripción, antecedentes de la invención, citando y comparando los documentos más cercanos de la técnica anterior, preparando los dibujos técnicos si son necesarios, y especificando las reivindicaciones que mejor describan la novedad de tu invención, siendo ésta la parte más importante de la memoria, debiendo razonarse cuidadosamente ya sobre ellas recaerá la protección de patente que se solicita. Enviaremos al cliente el borrador de la memoria descriptiva para tu revisión y aprobación, antes de la presentación oficial, en un plazo estimado de 15 o 20 días hábiles, a partir de que recibamos toda la información relevante sobre tu invención o después de haber realizado una búsqueda de patentes.

Cuándo Solicitar una patente en España

Generalmente, deberá presentarse lo antes posible, asegurándose de ser el primero en patentar la invención.

Quién puede solicitar una patente en España

El solicitante y por tanto la futura titularidad de la patente deberá estar siempre a nombre de la persona física o jurídica que explote comercialmente la invención.

Gestión y seguimiento

Haremos un seguimiento de todo el procedimiento de tu solicitud de patente nacional hasta tu concesión final, informándote debidamente de toda comunicación oficial recibida de la OEPM, junto con nuestro asesoramiento preliminar sobre los pasos a seguir o acciones convenientes a realizar, así como del envío de publicaciones, notificaciones de los diferentes plazos establecidos, incluyendo recordatorios y avisos de vencimientos de anualidades para evitar recargos innecesarios o la pérdida del derecho.

Certificados complementarios de protección (CCP)

Ofrecemos a empresas agroquímicas y farmacéuticas la posibilidad de ampliar tu protección de patente en España, una vez hubiera expirado la vigencia de 20 años, mediante la solicitud de un Certificado Complementario de Protección (CCP) por un periodo adicional de cinco años; para medicamentos y productos fitosanitarios, que normalmente se implican en largos procesos hasta obtener la correspondiente autorización de comercialización del producto.

Defensa – Acciones oficiales

Si tu patente ha sido suspendida de oficio por la Oficina Española señalando defectos en los requisitos formales o de patentabilidad o si ha sido impugnada por un tercero, estudiaremos las razones de la objeción o la relevancia del derecho anterior en el que se ha basado la oposición y podremos preparar la modificación y subsanación o presentar la contestación a la acción de la Oficina en defensa de tu derecho dentro del plazo establecido, planificando la estrategia adecuada para que persigamos el éxito deseado y obtener una protección sólida de patente. También te prestamos nuestra asistencia si desea oponerse o presentar observaciones contra una solicitud potencialmente conflictiva, mediante la preparación de las observaciones técnicas y legales necesarias para tu oposición. Cabe la posibilidad de que te pidamos que nos amplíes más detalles o nos aporte pruebas adecuadas que respalden los fundamentos, hechos o evidencias que alegaremos en el único intercambio de observaciones durante el procedimiento de oposición o de recurso.

Litigios

En procedimientos de infracción de derechos de patente o en acciones de nulidad, podemos representar y asistir ya sea al demandante o al demandado ante los tribunales españoles.

Otras acciones

Podemos llevar a cabo cualquier asunto relacionado con patentes nacionales, como la inscripción de licencias de uso, cambio de nombres y transferencias.

Servicios de vigilancia

Abecsa ofrecerá a sus clientes un servicio de vigilancia tecnológica en los registros españoles y europeos, manteniéndonos atentos a lo que sus competidores han solicitado con una técnica análoga. Si detectamos una nueva solicitud publicada que pudiera ser potencialmente conflictiva con la patente anterior, seguidamente te enviaremos un aviso proponiéndote la presentación de una oposición u observaciones dentro del plazo reglamentario de la Oficina.

Protección mundial de patentes

Después de la presentación de la primera solicitud de patente o modelo de utilidad en España, podemos ayudarle a elegir los países del exterior en los que tu o tu empresa desee proteger su patente de forma efectiva, asesorándote sobre las vías disponibles de protección mundial; Patente internacional PCT (OMPI), patente europea (EPO), en otras oficinas regionales (OEAP, OAPI, ARIPO, GCC) o incluso coordinar a través de nuestros asociados tu solicitud efectiva de patente ante las oficinas de patentes extranjeras, dentro del período de prioridad improrrogable de un año, de acuerdo con los países en los que tenga intención de explotar, fabricar o comercializar tu invención, y según la naturaleza de tu invención y de tu presupuesto.

Entrada en fase nacional PCT en España

El plazo límite de entrada en fase nacional para España deberá efectuarse antes de 30 meses desde la fecha de la primera presentación (prioridad) de la patente PCT. La OEPM examinará tu solicitud de acuerdo con la legislación española, reglamento y práctica de patentes,acordándose la concesión, si el procedimiento es favorable.

Validación de Patentes Europeas en España

Con el fin de obtener la protección efectiva en nuestro país vía una patente europea, ésta debe validarse en España dentro de los 3 meses después de la publicación de la mención de suu concesión, debiéndose aportar la traducción al español de la memoria descriptiva según haya sido concedida o, en su caso, el texto modificado cuando por resultado de una oposición, presentando el nuevo texto en español (traducción jurada) dentro de los tres meses siguientes a la publicación de la mención de la resolución de la oposición. Opcionalmente, y durante la fase europea, también puede obtenerse una protección provisional en España de una solicitud patente europea, aportando a la OEPM una traducción al español de las reivindicaciones.

Como profesionales de patentes, observamos ciertos errores frecuentes cometidos por los inventores, que pueden amenazar al procedimiento de patente, afectar a la validez legal y protección o incluso impedir que la invención se comercialice adecuadamente o pueda ser extendida al extranjero. Nosotros te sugerimos:

  • Elegir a un agente de patentes. Puedes actuar ante la OEPM por tu cuenta, pero si no tiene los conocimientos prácticos necesarios ni experiencia en la interpretación de la Ley de Patentes, entonces deberías estar asesorado y representado por un profesional cualificado en este campo (un agente oficial acreditado). Los agentes, están especializados y son expertos en la realización de cada tarea compleja ante la Oficina, ya sea para la búsqueda previa, la redacción de las reivindicaciones de la patente para la presentación, así como para atender debidamente las habituales acciones oficiales e incidencias que puedan surgir durante el procedimiento de examen. Un agente te podrá ayudar a obtener el éxito deseado durante el proceso y, por tanto influirá en el resultado, la solidez y validez del derecho obtenido.
  • Protege antes de divulgar. La invención debe mantenerse secreta hasta ser presentada, ya que la divulgación previa podrá vulnerar el requisito de novedad de la futura patente. Sin embargo, algunos inventores no protegen su invención mientras es explotada, manteniéndola solo en secreto, pero es importante saber que si otro fuese capaz de conseguir el mismo resultado que tu invención, utilizando un método diferente, es decir, sin apropiarse indebidamente de la información, el secreto comercial no te otorgará protección alguna en ese caso, como sí te daría una patente.
  • Buscar antes de presentar. Antes de solicitar una patente, es aconsejable efectuar una búsqueda de patentes y evaluar el estado de la técnica cercano de la patente a fin de asegurarse de que la invención es nueva. La realización de una búsqueda de patentes es un primer paso inteligente a seguir antes de invertir tiempo y dinero en el procedimiento de patente (una simple búsqueda en Google sería insuficiente para verificar si existe o no el producto). No solamente conocer los antecedentes de patentes similares en la técnica, sino que seremos capaces de utilizar los resultados para describir mejor tu invención e incluir solo lo que es patentable.
  • Viabilidad comercial de tu invención. Deberá averiguar y asegurarse si los consumidores potenciales tendrán interés o no en tu invención. A veces, las invenciones pueden no ser comercialmente atractivas; no son viables o los consumidores o fabricantes no muestran interés deseado en la patente o en la explotación. Otras veces, la solución técnica a un problema concreto no está completamente resuelto, es demasiado complejo o la idea sobre el valor y utilidad de la invención no es práctica.
  • Promoción de patentes. No esperes a que alguien te compre tu patente. Si no pretendes fabricar ni explotar directamente tu invención, entonces deberás promocionarla de forma activa contactando con fabricantes, distribuidores, minoristas o con cualquier potencial interesado dentro del sector industrial determinado de la invención para negociar la compra-venta o licenciar el uso. Esta tarea debe realizarse de forma continua, desde el momento en que haya obtenido el resguardo oficial de la presentación de la solicitud de patente, de modo que pueda buscar la financiación o cofinanciación necesaria con inversores potencialmente interesados en la participación de los gastos dela futura extensión del derecho de patente al extranjero, o en la comercialización local de la invención a cambio de un acuerdo de licencia de uso.
  • Viabilidad comercial de tu invención. Deberá averiguar y asegurarse si los consumidores potenciales tendrán interés o no en su invención. A veces, las invenciones pueden no ser comercialmente atractivas; no son viables o los consumidores o fabricantes no muestran interés deseado en la patente o en su explotación. Otras veces, la solución técnica a un problema concreto no está completamente resuelto, es demasiado complejo o la idea sobre el valor y utilidad de la invención no es práctica.

Procedimiento de concesión de patente

Las principales etapas a lo largo del procedimiento se resumen a continuación.

Presentación de la solicitud y admisión a trámite

Dentro de los diez días siguientes a la presentación, la solicitud de patente será examinada y se te asignará un número de solicitud si todos los requisitos para otorgar una fecha de presentación están conformes, en la que coincidirá la misma fecha de la presentación con la de solicitud, siendo además admitida a trámite. Si, por el contrario, se encontrasen deficiencias, éstas serán notificadas al solicitante otorgándote un plazo de dos meses para su corrección. De no hacerlo, tu solicitud se considerará desistida. Si se subsanan los defectos citados, la fecha de presentación podrá ser modificada por la de la presentación de la nueva documentación. Si la memoria descriptiva presentada está en idioma distinto del español, el solicitante deberá aportar una traducción al español en el plazo de dos meses desde la solicitud o desde que la OEPM efectúe el requerimiento para su aportación durante el examen de oficio, aplicando el plazo que expire más tarde.

Examen de requisitos formales

Después de ser presentada, la Oficina llevará a cabo el examen de los requisitos mínimos para acordarse una fecha de presentación y la admisión de la solicitud de patente, comprobando si ha sido pagada suficientemente la tasa de solicitud y la del Informe sobre el Estado de la Técnica (IET),o en su caso, dará el plazo de un mes para que realice el pago correspondiente. Si se encontrase algún defecto, la Oficina lo comunicará al solicitante para que los subsane en el plazo de dos meses, pero si no lo hiciese, la patente será denegada.

Realización del IET y la opinión escrita

El Informe sobre el Estado de la Técnica será realizado por la Oficina, siempre que no hubiera falta de claridad o coherencia que impidiera elaborar el informe, en cuyo caso se notificará al solicitante para subsanar los defectos antes de dos meses. En caso de no hacerlo, la patente será denegada. Tras ser efectuado el IET, se dará traslado al solicitante del informe y resultado de la búsqueda con el acceso a todos los documentos citados así como con una opinión escrita, preliminar y sin compromiso, sobre si la invención cumple los requisitos de patentabilidad; novedad absoluta, implica actividad inventiva y es susceptible de aplicación industrial.

Publicación de la solicitud y del IET

Se pondrá a disposición del público tanto la solicitud de patente, el folleto con el contenido técnico y junto con el IET realizado por la Oficina transcurridos dieciocho meses desde la fecha de presentación (o de prioridad, en su caso), publicándose en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI).

Observaciones de terceros

Desde la publicación de la solicitud de patente y hasta la finalización del examen sustantivo, cualquier persona puede presentar observaciones sobre la patentabilidad de la invención las cuales no interrumpen la tramitación de la solicitud. Éstas se trasladarán al solicitante para que presente alegaciones si lo estima oportuno.

Petición del examen sustantivo

El solicitante deberá pedir el examen sustantivo (vinculante) así como el pago correspondiente en el plazo de tres meses desde la publicación del IET, si no lo pidió ya con la solicitud.Hasta la finalización de este plazo, podrá presentarse las reivindicaciones modificadas, a fin de obviar las posibles objeciones de falta de novedad y actividad inventiva que pudieran deducirse del IET y de la opinión escrita, considerando que las modificaciones no pueden incluir materia nueva que amplíe el contenido de la solicitud ni referirse a elementos que no hayan sido objeto de la búsqueda.

Examen sustantivo y resolución

Si como resultado del examen,la patente solicitada no incurre en la falta de ningún requisito, ésta será concedida. No obstante, en el caso de haber motivos que impidiesen la concesión total o parcial, éstos se comunicarán al solicitante para que conteste a las objeciones o modifique las reivindicaciones antes de dos meses. Si la Oficina considerase que persisten motivos que impiden la concesión en todo o en parte, éstos se comunicarán al solicitante para darle un nuevo plazo de dos meses para corregir tu solicitud o formular alegaciones.Y finalmente, la Oficina resolverá sobre la concesión o denegación definitiva de la patente. Si no se realizase ningún acto para obviar las objeciones, la patente será denegada. En el caso de resolución favorable, la concesión de la patente se publicará en el BOPI y se emitirá un folleto de la patente tal y como fue concedida.

Procedimiento de oposición

Durante seis meses desde la publicación de la concesión, cualquier persona podrá oponerse a la concesión, pudiendo pueden basarse la oposición en que la invención reivindicada no reúne alguno de los requisitos de patentabilidad, falta de claridad, o que el objeto de la patente concedida excede del contenido de la solicitud tal como fue presentada. Tras ser admitida la oposición a trámite, el titular de la patente podrá presentar sus alegaciones y modificar las reivindicaciones en el plazo de tres meses. La OEPM trasladará a cada parte las alegaciones y propuestas de modificación presentadas por el titular, otorgándoles dos meses de réplica. Finalmente, la Oficina resolverá estimando total o parcialmente las oposiciones presentadas, o desestimando las si no concurre con algún motivo de oposición. Si tras ser aportadas por el titular las modificaciones o alegaciones, persistiesen defectos que impidan en todo o en parte la concesión de la patente, se te otorgará un nuevo plazo de un mes para subsanar el defecto, o presentar nuevas alegaciones, antes de acordar una resolución definitiva sobre la oposición presentada. La Oficina podrá resolver revocando la patente, manteniendo la concesión o concediendo la de forma modificada.

Mantenimiento

Para mantener la vigencia de la patente, después de la concesión, deberán pagarse las tasas anuales, desde la tercera hasta la vigésima y última anualidad por años adelantados durante toda la vigencia de la patente. El plazo válido de pago de las anualidades será desde el último día del mes del aniversario de la solicitud más los tres meses siguientes.

Procedimiento de concesión del modelo de utilidad

Aunque tiene algunas etapas comunes, tu procedimiento difiere del de la patente al ser mucho más corto y durar aproximadamente unos 8 meses desde la fecha de presentación para casos directos y hasta 14 meses hasta su resolución final para una modelo de utilidad que hubiera recibido oposición u objeción. Las principales diferencias son que el solicitante de un modelo de utilidad no tiene que pedir ni el IE ni el examen sustantivo vinculante. A cambio, la solicitud de modelo de utilidad sólo se publicará en el Boletín Oficial (BOPI), abriéndose un plazo de cuatro meses para que cualquier persona pueda presentar oposición e impugnarlo sobre la base de los requisitos de patentabilidad de los modelos de utilidad. La duración máxima de un MU es de 10 años. Para mantener este derecho, deberán pagarse las tasas anuales durante la vigencia y tras la concesión, por años adelantados, desde la tercera hasta la décima y última anualidad. Cabe señalar que la concesión de un modelo de utilidad se otorgará sin perjuicio de terceros y sin garantía del Estado en cuanto a la validez o la utilidad del objeto al que se refiere, lo que implica que cualquier futura disputa sobre sulavalidez o patentabilidad podrá interponerse, a instancia de la parte interesada, ante el Tribunal de lo Mercantil competente. – Mantenimiento. Los plazos válidos de pago de anualidades,desde la 3ª hasta la10ª y última anualidad serán los mismos que para las patentes.

Información y requisitos para presentar una primera solicitud de patente o modelo de utilidad en España

  • Nombre completo y la dirección del solicitante(s)-titular(es).
  • Nombre completo y nacionalidad del inventor(es).
  • Nacionalidad o país de establecimiento del solicitante(s)-titular(es).
  • Nº de identificación fiscal (NIF/NIE), sólo si el solicitante es español, residente o está establecido en un país de la UE.
  • Información completa y detallada sobre cómo resuelve la invención el problema técnico concreto.
  • Datos de la solicitud prioritaria dentro de los 12 meses desde la primera fecha de la solicitud, si procede, junto con el certificado de prioridad.
  • Instrucciones sobre cómo deberemos proceder y su aprobación de los costes estimados.
  • Pago inmediato de la factura emitida por transferencia bancaria.
  • Poder de agente firmado por el solicitante (sin legalización), requerido por la Oficina.

Principales Aspectos de la Protección de Patentes en España

Oficina Nacional

Oficina Española de Patentes y MarcasLas patentes nacionales y modelos de utilidad en España son regulados por la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) con sede en Madrid, España.

Ley

La Ley de Patentes Nº 24/2015 que entró en vigor el 1 de abril de 2017, adaptó la normativa española a las de los principales sistemas de patentes internacionales de países vecinos, a fin de fortalecer el procedimiento de concesión de patentes en España y por tanto dará lugar a concesiones de patentes nacionales de mayor calidad. Ésta sustituyo a la antigua Ley de Patentes Nº 11/1986.

Sistema de primero en solicitar

La protección de patente en España se rige por el sistema de riguroso orden de solicitud a favor del primero en solicitar. Los derechos sobre una patente o de un modelo de utilidad nacionales parten desde la fecha de presentación y no cuando se concede, pero el derecho a recibir una indemnización podrá ser exigible tras la publicación de la concesión y con efectos retroactivos desde la publicación de la solicitud de patente.

¿Quién puede solicitar una Patente en España?

Todas las personas físicas y jurídicas, independientemente de la nacionalidad o residencia.

Tipo de invenciones para patente en España

Las invenciones en España pueden ser protegidas por medio de una patente o de un modelo de utilidad, según el campo, la naturaleza y complejidad de la invención.

  1. Patentes de Invención. Una patente en España puede consistir en procesos y métodos, máquinas y aparatos, artículos manufacturados, composiciones y nuevos  materiales, o cualquier mejora de éstos, los cuales deberán ser nuevos (novedad absoluta), tener actividad inventiva (no ser evidente para un experto en la materia) y tener aplicación industrial (ser útil). Además, la técnica redactada en la memoria debe tener suficiencia descriptiva de modo que un experto en la materia pueda ser capaz de reproducir la invención. Las patentes se otorgan por un período máximo de 20 años. Las solicitudes de patentes deben someterse a una búsqueda oficial obligatoria; el Informe sobre el Estado de la Técnica (IET), así como a un examen preliminar de fondo donde los dos principales requisitos de patentabilidad (novedad absoluta y actividad inventiva) serán evaluados por la Oficina Española, los cuales son muy similares a las realizadas en otras oficinas nacionales de patentes del mundo. La duración del procedimiento oscila entre uno y hasta tres años en completarse, dependiendo del tipo de procedimiento de concesión elegido por el solicitante; Programa de Concesión Acelerada (CAP) o el Procedimiento Ordinario.
  2. Modelos de Utilidad. Aquellas invenciones simples y aparatos que no tienen cabida como patente pueden protegerse en España como modelos de utilidad. Este tipo de protección es especialmente adecuada para herramientas, objetos y dispositivos simples que tienen una configuración práctica o compuestos, incluyendo compuestos químicos pero excluyendo material biológico y sustancias o composiciones farmacéuticas. Los productos que no tienen características estructurales, por ejemplo normas, métodos y composiciones de materiales no pueden presentarse como modelo de utilidad en España. Las principales diferencias entre un modelo de utilidad frente a una patente, se resumen en:
  1. La duración máxima de un MU es de 10 años (sus anualidades deberán pagarse por años adelantados a partir de la 3ª hasta la 10ª tras ser concedida) frente a la duración de la patente (20 años).
  2. El requisito de novedad absoluta para el MU es el mismo que el exigible a una patente.
  3. El requisito de actividad inventiva para un MU es algo menor que el grado mayor de no obviedad que se le exige a una patente.
  4. El procedimiento del MU es más corto; puede oscilar entre 8 meses desde la fecha de solicitud para los casos directos y entre 14 meses hasta resolución en caso de ser impugnados por oposición. Para las patentes éste puede durar entre 12 y hasta 36 meses, dependiendo del procedimiento de concesión elegido.
  5. A diferencia de las patentes, los MU no deben someterse a un examen de fondo ni a una búsqueda de la técnica (IET) para evaluar la novedad mundial, tan sólo se publicará en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial a efectos de oposiciones de terceros a presentarse en los 2 meses siguientes a la publicación.

Reivindicación de prioridad

España es miembro de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, lo que permite a los solicitantes de una primera solicitud de Patente Española o de modelo de utilidad, a reivindicar un derecho de prioridad en el plazo improrrogable de 12 meses (un año) a partir de la fecha de solicitud para la presentación de una patente internacional PCT y/o para una solicitud de patente en otras Oficinas regionales o nacionales del mundo miembros del Convenio de París. De igual modo, los nacionales de cualquier estado contratante o domiciliado en un estado miembro de la OMC pueden reivindicar el derecho de prioridad dentro de los 12 meses desde la solicitud de patente más antigua cuando sea extendida a nivel nacional en España ante la OEPM como patente o modelo de utilidad.

Validez y mantenimiento

Las patentes se otorgan por períodos de 20 años desde la fecha de la solicitud, siempre que se mantengan mediante el pago de anualidades desde la 3ª hasta la 20ª (3ª a 10ª para modelos de utilidad). Se hace una excepción para los certificados complementarios de protección (CCP) de medicamentos y productos fitosanitarios, para los que podrá solicitarse un plazo adicional de 5 años, tras haber expirado la vigencia de 20 años.

Derechos otorgados

Mientras se está examinando tu solicitud de patente puedes aplicar a tu invención la definición de»pendiente de patente». Una vez tu patente sea concedida, seguidamente puede utilizar la descripción de «patentado» en todo el material promocional de tu negocio y de esa patente, lo que confirmará la protección de la invención y servirá como una advertencia a los infractores y competidores desleales que busquen copiar o imitar tu tecnología

Juzgados competentes para infracciones de patentes

Las acciones legales contra infracciones de uso o competencia desleal de patentes o modelos en España deben de instarse ante el Juzgado de lo Mercantil competente, ubicado en la ciudad de la comunidad autónoma donde esté domiciliado el demandado o, alternativamente, donde se haya producido o tenido efecto la infracción.

Contáctanos

A través de nuestro formulario de contacto si necesitas asesoramiento sobre cualquier asunto relacionado con patentes como:

  • Proteger tu patente o modelo de utilidad en España
  • Validar la concesión de tu patente europea en España.
  • Realizar una búsqueda en el estado de la técnica o una opinión e informe de libre uso/explotación.
  • Servicios de vigilancia de patentes.
  • Defender tu patente española, por oposición, observaciones o recurso.
  • Revisar/modificar tu memoria descriptiva de patente por nuestro ingeniero.
  • Oponerse a una patente española o a un modelo de utilidad solicitado por un tercero.
  • Emprender acciones legales contra un tercero infractor que esté comercializando tu invención en España o en Europa sin tu consentimiento.
  • Traducir la memoria descriptiva de tu patente al español.
  • Renovar tu patente anualmente (control y aviso de pago de anualidades).
  • Licenciar el uso de la invención o la venta y transmisión de tu patente a otra persona o empresa.
  • Proteger tus conocimientos técnicos (know-how) y secretos comerciales.

Confidencialidad

Si esta será la primera presentación oficial de tu invención, será importante no divulgar a terceros las características técnicas de tu invención hasta no solicitar la protección de patente, ya que esa divulgación previa podría significar que después no pueda patentarse, o que tu patente pueda ser declarada nula por cualquier persona que demuestre esa divulgación anterior (basándose en falta de novedad o actividad inventiva). Sin embargo, puede comentarla con nosotros de manera segura, porque como agente oficial de patentes y abogados colegiados, cualquier información que nos reveles o intercambie con nosotros será tratada de forma totalmente confidencial, garantizándose el secreto profesional y utilizándola estrictamente para el propósito o el servicio necesario que nos instruyas para efectuar en tu nombre.